Corte Interamericana de Derechos Humanos ordena al Estado peruano abstenerse de liberar al ex Presidente Fujimori.
El Tribunal Constitucional de Perú restituyó el indulto humanitario del ex Presidente, por lo que se esperaba su pronta liberación.
El Tribunal Constitucional de Perú restituyó el indulto humanitario del ex Presidente, por lo que se esperaba su pronta liberación.
El derecho a consulta previa no se encuentra reconocido por la Constitución, por lo que no puede estimarse que es un derecho fundamental.
El control de convencionalidad tiene por objeto evitar que los Estados parte apliquen normas contrarias a la Convención, pero solo en relación a causas penales en proceso o por iniciar, y no se extiende a la etapa de ejecución de la sentencia.
La información sobre el nivel remunerativo, el grupo ocupacional y, en general, aquella que tenga relación con las funciones que desempeña un funcionario, gozan de interés público, por lo que no corresponde impedir su divulgación.
Las personas detenidas y aquellas sobre las cuales no se haya enervado la presunción de inocencia deben ser consideradas como tales, dado que no existe pronunciamiento definitivo por parte de los órganos jurisdiccionales correspondientes.
No pueden establecerse e imponerse sanciones que no respondan a la naturaleza del hecho ilícito y al daño causado.
Si bien la solicitud fue rechazada sin expresión de razones, la inadmisión no es arbitraria puesto que dicha decisión se fundó en las normas estatutarias.
El derecho a la pluralidad de instancia forma parte del debido proceso.