Tribunal de Familia


Para acreditar el cese de la convivencia en procedimientos de familia rige el principio de libertad de prueba y las partes pueden ofrecer los medios probatorios de que dispongan.

9 de diciembre de 2024
Incluso pueden solicitar otros de los que tengan conocimiento y no dependan de ellos pidiéndolo al juez para que de oficio ordene se acompañen, como también, los que a juicio de éste resulte necesario producir en atención a la materia de que se trate. La prueba rendida se valora conforme a las reglas de la sana crítica, que supone ponderarlos bajo criterios de racionalidad.

Para aumentar monto de pensión de alimentos se requiere acreditar que alimentante aumentó sus ingresos comparados con aquellos percibidos al tiempo en que se fijó la pensión primitiva.

7 de diciembre de 2024
La Corte de La Serena razona que aun cuando existe un incremento en las necesidades económicas de las alimentarias, para aumentar la pensión que debe pagar el progenitor, es necesario que éste cuente con ingresos suficientes que permitan solventar dicho aumento pretendido, circunstancia que no ha sido acreditada

Para acoger la demanda de compensación económica se debe acreditar el detrimento económico del cónyuge durante el matrimonio, resuelve la Corte de San Miguel.  

21 de noviembre de 2024
No se acreditó el detrimento económico como tampoco la situación patrimonial de los cónyuges, el estado de salud de la solicitante, su estado en materia de beneficios de salud, sus posibilidades de acceso al mercado laboral y la colaboración que prestó a las actividades lucrativas del otro cónyuge. No se acreditó el menoscabo o detrimento económico por la demandante de compensación económica, como tampoco la situación patrimonial de los cónyuges, el estado de salud de la solicitante, su estado en materia de beneficios de salud, sus posibilidades de acceso al mercado laboral y la colaboración que prestó a las actividades lucrativas del otro cónyuge.
Recurso de casación rechazado.

En casos excepcionales es posible fijar una pensión de alimentos que supere el 50% de las rentas del alimentante, por razones fundadas.

El porcentaje en que deben concurrir ambos progenitores a la satisfacción de las necesidades de sus hijos tiende a la proporcionalidad y, en ese contexto, ambos deben contribuir en un monto que excede del 50% de los ingresos determinados. Si se acogiera la postura del padre, la madre, que percibe menos rentas, debería hacerse cargo de cerca del 86% de los gastos de los hijos en común.

6 de noviembre de 2024
Corte de Antofagasta confirma fallo con declaración.

Al fijar el monto de alimentos menores no procede valorizar el trabajo de la demandante como cuidadora en su integridad: no debe ser cubierto en su totalidad por el alimentante.

Si entre las necesidades de los alimentarios se valoriza el trabajo de la madre como cuidadora con el propósito de determinar la proporción en que cada progenitor deberá contribuir a satisfacer sus necesidades, ello no implica, que dicho monto deba ser cubierto en su totalidad por el alimentante.

21 de agosto de 2024
Recurso de amparo acogido por Corte de Puerto Montt.

Resoluciones que se dicten en causas proteccionales deben cumplir con los requisitos de fundamentación establecidos por la ley para su existencia y validez.

Si bien en estas causas el grado de formalidad que se debe observar puede resultar morigerado en comparación con una causa contenciosa, atendida la especial naturaleza del procedimiento y la protección que busca respecto de niños, niñas y adolescentes, la sentencia debe expresar las motivaciones de hecho y de derecho para arribar a la decisión.

20 de julio de 2024
Corte de Antofagasta confirma fallo.

Susceptibilidad de adopción no implica discriminar a la madre si ésta no ha logrado avances significativos para el cuidado del niño pese a todas las herramientas puestas a su disposición para lograrlo.

Dado el tiempo transcurrido y las intervenciones intentadas, la madre no ha podido habilitarse para asumir el cuidado del niño, lo que, sumado a la ausencia de integrantes de la familia de origen biológica que la puedan y quieran asumir, la adopción pasa a ser el camino necesario.

17 de julio de 2024