Ley regional española que permite la caza del lobo contraviene el Derecho de la Unión, resuelve el TJUE.
El lobo no puede ser declarado como especie cazable en una parte del territorio de un Estado miembro cuando su estado de conservación a nivel nacional es desfavorable. El hecho de que una especie animal pueda ser objeto de medidas de gestión no implica que su estado de conservación sea favorable.