La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo determinó que la colocación de la bandera durante las celebraciones del Orgullo, como en el patio de la Diputación Provincial de Valladolid y el balcón principal del Ayuntamiento de Zaragoza, se alinea con los esfuerzos para promover la igualdad.
Tribunal Supremo
A propósito del control de constitucionalidad, por parte del TC, de la aplicación del derecho por el TS, por Manuel Jaén Vallejo.
España: Una mujer, condenada a pagar 3.000 euros a un hombre por acoso: le vigilaba sentada en un banco durante su jornada laboral, por Blanca Valdés.
La Amnistía en la doctrina del Tribunal Constitucional, por Álvaro Redondo Hermida.
Por dilaciones indebidas del proceso seguido en contra del acusado Tribunal Supremo de España reduce la pena privativa de libertad.
Aun cuando la duración del proceso no pueda tener la consideración de desbordar copiosamente una tramitación indolente, tampoco se puede aceptar que se haya extendido más allá de lo razonablemente previsto para un supuesto de sus circunstancias.
Asociación cannábica en Barcelona es ilícita y atenta contra la salud pública, resuelve el Tribunal Supremo de España
El cultivo a gran escala destinado a abastecer a consumidores que pertenecen a asociaciones constituidas al efecto, pone en riesgo la salud de terceros.
La libertad de expresión supera al derecho al honor si contribuye a un debate de interés general, resuelve el Tribunal Supremo de España.
Las expresiones ofensivas, si son aisladamente consideradas, no pueden reputarse como una intromisión ilícita si se consideran proporcionadas con la finalidad informativa o valorativa que se pretende en contextos de crítica.
No existe desobediencia laboral si no ha mediado orden que prohíba un acto determinado.
El despido de una mujer por extraviar documentación laboral, camino a su domicilio, es injustificado, ya que la empresa no prohibió expresamente esta extracción desde sus dependencias y su sanción fue desproporcionada.
La pobreza severa constituye un factor que extrema la vulnerabilidad de quien la sufre y aumenta la superioridad de quien busca aprovecharse de dicha situación en el delito de abuso sexual.
Las personas que viven en la pobreza sufren muchas privaciones que se relacionan entre sí y se refuerzan mutuamente que les impiden hacer realidad sus derechos y perpetúan su pobreza.
Uso de fotos y nombre de un artista fallecido sin la autorización de sus herederos, vulnera el derecho a la propia imagen cuando son utilizados con fines comerciales.
No basta alegar que se trató de un homenaje a un artista para justificar el empleo de su imagen. En el presente caso, las circunstancias en que se utiliza ponen en evidencia su finalidad publicitaria y comercial, y diluyen la relevancia del posible interés cultural.
La libertad de expresión no ampara el insulto. El insulto por redes sociales no es amparado por el derecho fundamental de la libertad de expresión, resuelve el Tribunal Supremo de España.
La veracidad, aun parcial de lo difundido, es un criterio de prevalencia en caso de colisión entre la libertad de expresión y el derecho al honor de funcionarios públicos.
Tribunal Supremo de España absuelve a hombre por el delito de abuso sexual contra menor de 16 años al establecer que fueron relaciones consentidas y eran próximos en madurez.
El grado de madurez física y psicológica entre la víctima y el victimario es fundamental para determinar la exención de responsabilidad penal.
Tribunal Supremo de España absuelve a hombre por el delito continuado de abuso sexual contra mujer con discapacidad psíquica al establecer que se trató de relaciones consentidas.
Las personas con discapacidad psíquica tienen derecho a experimentar su sexualidad y ha no regirse por determinados estándares morales.
Tribunal Supremo anula sentencia que absolvió a dos terroristas del grupo ETA, debido a falta de motivación suficiente.
El máximo Tribunal español consideró que la sentencia de base vulneró los derechos de una de las víctimas al no razonar de manera suficiente los motivos por los que absolvió a los acusados.