Elección de directorio de Instituto Bíblico Nacional de Chile se anula por Tribunal Electoral de la Región Metropolitana.
Se habría permitido la votación de personas que no eran socias de la institución.
Se habría permitido la votación de personas que no eran socias de la institución.
La normativa electoral regula las condiciones en que se puede realizar propaganda electoral; en qué lugares se puede instalar, en qué plazo y qué tipos de propaganda son aceptadas.
La empresa carece de interés directo en los resultados de la elección por no ser parte del Sindicato.
La totalidad de los consejeros regionales solicitaron su remoción por notable abandono de sus deberes e incurrir en faltas graves a la probidad.
La normativa electoral regula las condiciones en que se puede realizar propaganda electoral; en qué lugares se puede instalar, en qué plazo y qué tipos de propaganda son aceptadas, entre otras condiciones que deben cumplir los medios.
La propaganda electoral solo puede realizarse bajo condiciones determinadas por ley.
Tribunal Calificador de Elecciones declaró la caducidad de la acción intentada.
La justicia electoral rechazó reclamo de nulidad electoral interpuesto porque el reclamante no tenía legitimación activa para interponerla.
La elección no habría cumplido con el principio de secreto del sufragio, pues las personas debían marcar su voto delante de los candidatos.
Tribunal Calificador de Elecciones confirmó la sentencia de primer grado que removió al Alcalde de su cargo y lo inhabilitó para ejercer cualquier cargo público por el lapso de cinco años, a partir del momento en que quede ejecutoriada la sentencia.