Reclamación en contra del Tribunal Supremo del Partido Radical por reprogramar sus elecciones nacionales y regionales en la Región de Aysén, se declara inadmisible por el TRICEL.
El Tribunal Calificador de Elecciones considera que carece de competencia para resolver el reclamo al tenor de lo que dispone el artículo 26 de la ley 18.603.