La magistrada dio por establecido que la Universidad de La Serena actuó en forma arbitraria al hacer cesar en el cargo a (….) pese a error que contenía la renuncia voluntaria que presentó el funcionario y que estaba condicionada a bonificación o incentivo al retiro, y que luego fue recontratado por tres meses y despedido sin justificación.
Tutela
Aprueban proyecto que regula la relación directa y regular de progenitores y sus hijos.
Corte Constitucional de Colombia: Condiciones para que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) cubran procedimientos estéticos.
La sanción de nulidad del despido procede si el empleador utiliza una remuneración inferior como base de cálculo para el pago de las cotizaciones previsionales, resuelve la Corte Suprema.
Cuarta Notaría de Temuco debe pagar más de 30 millones de pesos en indemnizaciones y recargos a trabajadora despedida luego de revisar sus conversaciones de whatsapp.
El máximo Tribunal, estimó que al momento del despido la notaria suplente infringió la garantía de inviolabilidad de las comunicaciones privadas, al revisar las conversaciones de whatsapp que la funcionaria mantenía en uno de los computadores de la oficina con el anterior notario.
Municipalidad de Santa Cruz debe reincorporar a su trabajo e indemnizar a psicopedagoga discriminada por maternidad.
La profesional estuvo con licencias médicas por un cuadro depresivo luego de su permiso postnatal y al retornar a su trabajo en una escuela de la comuna, advirtió que ya no existía su puesto de trabajo.
Desvinculación de académico universitario por mala calificación en su evaluación como docente se confirma por la Corte Suprema.
El trabajador intentó revertir su desvinculación mediante una denuncia de tutela de derechos fundamentales, al cuestionar el proceso de evaluación docente que culminó con el término anticipado de su contrata, acusando que fue juzgado por una comisión especial, en circunstancias que siempre pudo ejercer las acciones que la ley le otorgó en el proceso de calificación.
Indicios genéricos no son suficientes para acreditar la existencia de un vínculo de subordinación y dependencia.
La recurrente demandó por tutela y despido injustificado al municipio de San Javier, no obstante, no acreditó la existencia de indicios de relación laboral debido a que el vínculo entre las partes siempre estuvo reconocido como prestación de servicios al amparo del Estatuto Administrativo.
Todo lo relacionado con nombramientos, ascensos, calificación y término de los servicios de los funcionarios de la PDI está regulado por su Estatuto de Personal y no es de competencia de la justicia laboral por la vía de la tutela.
El recurso de unificación de jurisprudencia no cumple su objeto, si la denuncia de la norma decisoria no ha sido desarrollada en el libelo, hecho que impide el adecuado cotejo de los fallos acompañados, puntualizó el máximo Tribunal.
Tribunal de Argentina otorga tutela de una menor a los padres de un amigo del colegio.
Los lazos afectivos no solo nacen del parentesco, sino que surgen, se conforman, se construyen y retroalimentan entre gente que se elige para ser familia. El concepto amplio de familia no se emparenta entonces sólo con la procedencia sanguínea. La verdad biológica no es un dato absoluto cuando se lo relaciona con el interés superior del niño.
CS de Colombia ordenó al ICBF el retorno de una menor separada de su familia biológica y declarada “en adopción”.
La declaración de “adoptabilidad” de la menor se aplicó de forma desproporcionada, ya que no consideró los múltiples mecanismos de ayuda que la legislación ofrece para apoyar a los padres con problemas económicos.
CC de Colombia acogió tutela presentada por persona a punto de perder su casa debido a multa que impuso la Superintendencia de Industria y Comercio, pues se vulneró la garantía del debido proceso.
La Magistratura constitucional colombiana adujo que la Superintendencia de Industria y Comercio vulneró los derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia del actor, al tardar 479 días para proferir la providencia que le impuso la multa dentro de un trámite en el que actuó investido de competencias judiciales.
Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que rechazó demanda de tutela laboral presentada en contra de la empresa de transporte de pasajeros Metro S.A.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que estableció que en la especie no existió el acoso laboral denunciado por extrabajadora.
No se configura la vulneración a la indemnidad de la trabajadora si esta no acredita que la causa de su despido se origina en la actividad fiscalizadora de la Inspección del Trabajo o en una demanda judicial.
Debe probar que la desvinculación es consecuencia de las represalias del empleador.