Además, se ordenó que el gerente realice curso sobre “El Derecho a la no Discriminación en el Trabajo”. El empleador despidió al trabajador por “necesidades de la empresa”, cuando la desvinculación obedeció a razones médicas, discriminándolo negativamente. El máximo Tribunal estimó que el lucro cesante era procedente al constituirse este ítem como un “juicio de probabilidad objetivo sobre la base de los ingresos que le hubieran correspondido al trabajador de no haber contraído la enfermedad profesional”.
29 de agosto de 2023