Ultima ratio

Condenado no compareció a audiencia de lectura de sentencia que decretó la prohibición de acercarse a la víctima por lo que no puede entenderse notificado de esa accesoria y se lo debe absolver por el delito de desacato.

No es posible concluir que el imputado conocía, en la realidad, la prohibición de acercamiento a la víctima y su domicilio, por cuanto el artículo 346 del Código Procesal Penal, que entiende notificada la sentencia a todas las partes aun cuando no asistan a la audiencia en que se da a conocer la sentencia, es una ficción legal que sólo puede tener efectos procesales, más no sustanciales.

7 de enero de 2025