La investigación de los hechos debe ser realizarse con rigor, teniendo presente que rige en plenitud la presunción de inocencia del imputado, que le ampara, a la par de la vigencia de las reglas sobre carga de la prueba del acusador y la obligación de colmar el exigente estándar de prueba penal, que no es el mismo que reconocía aplicación en las investigaciones de las infracciones administrativas, que capturaban los hechos con anterioridad a la entrada en vigencia de la a ley 21.594.
29 de enero de 2025