Garantía de indemnidad ampara a trabajadores que interrumpan sus labores y/o abandonen el lugar de trabajo si estiman que de continuar ello conlleva riesgo grave e inminente para su vida o salud.
El artículo 184 bis del Código del Trabajo contiene una regla expresa que vincula su contenido con el procedimiento de tutela laboral y, en particular, con la garantía de indemnidad.