La magistratura sostuvo que la Universidad no cuestionó la publicidad de la información solicitada respecto de la ex convencional, esgrimiendo sólo una presunta falta de quórum para sesionar por parte del Consejo para la Transparencia; tesis que fue desestimada por los jueces de fondo, al observar que no existen causales para mantener en secreto los antecedentes académicos de Loncón.
USACH
Decisión de no otorgar el grado de MBA a alumna que no completó el programa académico, no es ilegal ni arbitrario.
Acción de jactancia presentada por un deudor del crédito solidario universitario en contra de la USACH se declara improcedente por la Corte Suprema.
Prórroga del plazo para rendir examen de grado de egresada de derecho es una petición que excede las materias que pueden resolverse en sede de un recurso de protección.
Negativa a otorgarle la calidad de egresada a estudiante de derecho a la que por error se le convalidaron asignaturas, no es ilegal ni arbitrario.
Los recurridos actuaron en uso de sus legítimas atribuciones, con fundamento en las disposiciones legales, reglamentarias y autos acordados que justificaron su decisión.
La participación de la comunidad universitaria en el proceso de adecuación de su estatuto orgánico no es vinculante.
Si bien la deliberación sobre el estatuto orgánico tiene que desarrollarse mediante procesos participativos en que intervengan los distintos estamentos de la comunidad universitaria, lo cierto es que las propuestas planteadas al Consejo Académico no son en ningún caso vinculantes.
Recurso de protección deducido contra USACH e institución médica, por humillaciones y denostaciones que actora aduce haber sufrido en su práctica profesional, es rechazado.
Al tratarse de una cuestión de naturaleza académica, la vía jurisdiccional es improcedente, ya que la decisión compete al órgano universitario que reprobó su práctica profesional.
Recurso de protección deducido contra USACH y Ministerio de Educación es acogido y se ordena que egresado de UNICYT rinda examen de grado ante la Universidad recurrida.
En razón del Convenio de Colaboración Académica entre el Ministerio de Educación y esas Universidades corresponde que el actor rinda su examen de grado ante la USACH.
USACH solicita se declare inaplicable normas que establecen nulidad del despido por no pago de cotizaciones previsionales, pues infringirían garantías de igualdad ante la ley y debido proceso.
La gestión pendiente incide en autos sobre cumplimiento laboral, seguido ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.
CS rechaza protección por destitución de académico por infracciones a probidad.
El máximo Tribunal descartó actuar arbitrario de la universidad al sancionar al académico.