Vehículo motorizado

Sentencia que condena a una pena menor a la que correspondía por haberse aplicado una norma general cuando el asunto debió ser resuelto conforme a una norma especial debe ser anulada, resuelve Corte de Antofagasta.

Si la premisa del recurso es que la regulación introducida en el artículo 456 bis A por la Ley N°20.273 constituye una normativa especial, limitada exclusivamente a la figura de la receptación, es evidente que la antinomia que plantea respecto de lo previsto en el artículo 449 del Código Penal, que también se aplica a esa figura delictiva, exigía incluir expresamente esa disposición dentro del desacato de ilegalidad, refiere el voto en contra.

13 de diciembre de 2024