![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2024/07/rene-bernal-f0rdHx5P8sQ-unsplash.jpg)
La adolescente es carga de sus progenitores, por lo que la ejecución de la resolución ocasionaría un daño que perturbaría la unidad familiar, afectando lo dispuesto en el artículo 1° de la Constitución, que establece que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, siendo deber del Estado darle protección así como propender a su fortalecimiento.
30 de julio de 2024