Los jueces de fondo revocaron la sentencia de base y acogieron la excepción de litis pendencia por conexidad, ordenando finalizar el juicio, decisión que supera el objeto de tal excepción que sólo busca la paralización del juicio hasta que se resuelva el litigio pendiente, incurriendo el fallo de alzada en un vicio de casación formal, al carecer de los razonamientos de hecho y de derecho para arribar a tal conclusión.
Vicios de forma
Al conocer dos pruebas con conclusiones contrapuestas, el juez debe explicar por qué prefiere una en desmedro de la otra.
Corte Suprema Argentina decreta la nulidad de todo lo obrado tras constatar que la intervención de una menor fue omitida debido a que su defensor no fue notificado personalmente.
Las disposiciones de una ley deben mantener correspondencia con su contenido temático o ideas matrices pues en caso contrario tendrán vicios de forma.
Vicio de forma en la sentencia impugnada debe influir en lo dispositivo del fallo.
El máximo Tribunal concluye al mismo resultado se arriba con el vicio acusado, pues el recurrente reconoció adeudar al demandante el monto cobrado en juicio.
Si el fallo contiene motivaciones contrapuestas, ellas se anulan entre sí y dejan al fallo desprovisto de fundamentos configurándose un vicio de nulidad formal.
En su decisión inicial la Corte de Antofagasta consideró que una factura no fue reclamada oportunamente, pero días después, al completarlo, sostuvo que tal factura sí se reclamó, configurando así la causal de nulidad formal contenida en el artículo 768 N°5 del Código de Procedimiento Civil.
Comunidad Indígena Aymara de Parca es condenada a pagar honorarios por la asesoría jurídica recibida en negociaciones con Minera Cerro Colorado.
Las diferencias de opinión con los sentenciadores de fondo no constituyen omisiones de requisitos de la sentencia, ni vicios respecto de las leyes reguladoras de la prueba.
Tribunal de España declara nulo Decreto que regula conservación, aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre en Castilla y León, por vicios de forma acaecidos en su dictación.
El Decreto vulnera el derecho de participación de los ciudadanos en los procedimientos para la toma de decisiones sobre asuntos que incidan directa o indirectamente en el medio ambiente.