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En la acusación se alude a dos hechos simples que configuran la falta de consentimiento de la víctima: que ella se encontraba dormida, y bajo los efectos del alcohol, y que son esos mismos hechos los que fueron argumentados y se tuvieron por establecidos por el Tribunal; de ahí que no corresponda cuestionar una falta lógica entre lo acusado y aquello que se demostró.