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La Comisión no cometió error manifiesto de apreciación alguno al considerar que las partes en la concentración no eran, antes de dicha operación, ni competidoras reales (directa o indirectamente) ni competidoras potenciales en los mercados de suministro minorista de servicios de transmisión de señales de televisión a clientes residentes en edificios de varias viviendas o en viviendas unifamiliares en Alemania.
15 de noviembre de 2024