WhatsApp

España.

Despido de trabajador que manifestó que no asistiría a trabajar a través de WhatsApp se ajusta a derecho: se configura una intención de renunciar que hace procedente la desvinculación.

La dimisión o voluntad unilateral del trabajador de extinguir el vínculo contractual que le une a su empresario, puede manifestarse de forma expresa o de manera tácita. En el presente caso, hay manifestación expresa, por parte del trabajador de su intención de finalizar la relación laboral existente, pues así se extrae del contenido del WhatsApp remitido a la empresa.

31 de marzo de 2024
Vulneración de la estabilidad laboral reforzada.

Corte Constitucional de Colombia ampara derechos de mujer que fue despedida por su empleador tras comunicarle que estaba embarazada vía WhatsApp.

Existe libertad probatoria para que la trabajadora evidencie que puso en conocimiento del empleador su estado de embarazo. Ello puede demostrarse mediante la notificación directa por parte de la trabajadora o contratista, pero también, por ejemplo, a través de la configuración de un hecho notorio o por la noticia de un tercero.

16 de marzo de 2024
Incumplimiento de suma gravedad.

Correos electrónicos y mensajes de WhatsApp son medios válidos para comunicar al empleador la enfermedad que padece un trabajador que se encuentra con licencia médica, resuelve tribunal argentino.

Pesa sobre la empleadora la obligación de resguardar la integridad psicofísica del/a trabajador/a con la facultad que le asiste para efectuar un control del estado de salud del dependiente, pero no alegar desconocimiento de las comunicaciones mantenidas y sobre esa hipótesis dejar de abonar los salarios debidos.

2 de febrero de 2024
Diálogo mantenido en WhatsApp.

Uso de expresiones “ok” y “estupendo” por el empleador para asentir justificaciones de inasistencias del trabajador configura una tolerancia que hace improcedente el despido, resuelve un tribunal español.

Ello implica una actitud tolerante por parte de la empresa, ya que el actor efectivamente se reincorporó el día 7 y cubrió todo el trabajo del fin de semana, no exento de molestias, necesitando la ayuda de sus compañeros. El » ok» y » estupendo» recibido por parte de la empresa, otorgó al trabajador la confianza suficiente en la justificación que había prestado, cumpliendo debidamente su palabra de reincorporase al día siguiente.

3 de diciembre de 2023
Falta de rendimiento y desconsideración grave hacia el alumnado.

Sanción contra profesor que denigró a sus alumnos, incurrió en graves infracciones conductuales y tuvo un rendimiento deficiente, se confirma por tribunal español.

La dirección tuvo que advertir al recurrente, de manera verbal y en reiteradas ocasiones, que su actitud en el aula y respecto del alumnado, así como su práctica docente, no eran las más acertadas, ya que se habían recibido numerosas quejas del alumnado en relación al trato desconsiderado e inadecuado a los mismos.

2 de diciembre de 2023
Derecho a la desconexión digital.

Trabajadora española es despedida por llamar y enviar mensajes de WhatsApp en forma insistente a compañeros de trabajo durante sus vacaciones.

A pesar de la cercanía temporal existente entre la baja de la recurrente y el despido, lo cierto es que la empresa ha demostrado que su decisión nada tenía que ver con esta situación, pues como consta en la fundamentación con carácter fáctico, se le insta a que en periodo de baja no dedique sus esfuerzos a la vida laboral, sino que descanse y que se desconecte.

1 de diciembre de 2023
Conducta punible.

Llamar y enviar mensajes insistentemente vía WhatsApp al abogado patrocinante para expresar molestia con su actuación, configura un delito de coacciones, resuelve un tribunal español.

La violencia exigida en el delito de coacciones no es solo la física, sino también la vis compulsiva dirigida a compeler al destinatario de la misma a atenderle imperativamente a requerimiento o demanda en contra de su voluntad. En este caso, a la vista de la reiteración en el mismo día de las llamadas, se excede lo que pudiera considerarse ordinario en la relación profesional abogado-cliente.

25 de septiembre de 2023