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Artículo 456 bis A del Código Penal.

Receptación

El Código Penal Chileno contempla en su Artículo 456 bis A el delito de receptación, que abarca la posesión, transporte, compra, venta o comercialización de bienes robados, hurtados u obtenidos ilegalmente.

Acción Constitucional, puede ser preventivo y correctivo.

Recurso de Amparo

Se trata de una acción que busca restablecer el derecho vulnerado y asegurar la debida protección al afectado, carece de formalidades para su interposición y no hay plazos mientras tanto se mantenga la privación, amenaza o perturbación de libertad.

Artículo 19 N°21 de la Constitución Política de la República.

Recurso de Amparo Económico

Debe interponerse ante la Corte de Apelaciones respectiva por escrito (Vía Oficina Judicial virtual) indicando los hechos en virtud del cual se cree se está lesionando el Derecho en cuestión.

“Que enmiende, con arreglo a derecho, la resolución del inferior”.

Recurso de Apelación

Sentencia Definitiva y Sentencia Interlocutorias de 1º instancia.

Arts. 196, 203, 204, 205 y 206 CPC y en el art. 62 CPP.

Recurso de Hecho

Recurso que busca impugnar la resolución pronunciada por el tribunal de 1ª instancia al proveer el escrito en que se presenta el recurso de apelación, por haberse incurrido en ella, alguno de los 4 errores contemplados para su procedencia

El recurso de queja reconoce su fuente en el art. 82 CPR, el cual entrega a la Corte Suprema la superintendencia correccional sobre todos los tribunales

Recurso de Queja

Es improcedente deducir el recurso de queja conjuntamente con otro recurso, ya que la existencia de éste, hace improcedente el recurso de queja.

Refugiado

Las personas que manifiestan su intención de solicitar la condición de refugiado en frontera serán autorizadas a ingresar al territorio no pudiendo ser rechazadas, devueltas o expulsadas por los funcionarios de migración.

Forma de organización del Estado.

República

Máxima autoridad ejerce funciones por un periodo determinado y es elegida directamente por los ciudadanos o indirectamente a través del Parlamento.

Artículo 436 inciso 2º.

Robo por sorpresa

Se produce cuando el autor del delito se aprovecha de un agolpamiento de personas o lo simula para arrebatar las pertenencias de manera agresiva, imprevista y fugaz, pero sin propinarle algún golpe o amenazas.

Explorando el impacto ambiental.

Ruidos Molestos

Esta norma protege a la comunidad que se ve afectada por problemas de contaminación acústica.

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