¿Cómo se enfrenta este tipo de delito en el sistema judicial chileno?
– EN NUESTRO PAÍS:
El delito de amenazas está tipificado en el Código Penal Chileno desde el artículo 296 al 298.
– EN NUESTRO CÓDIGO PENAL CHILENO:
“El que amenazare seriamente a otro con causar a él mismo o a su familia, en su persona, honra o propiedad, un mal que constituya delito, siempre que por los antecedentes aparezca verosímil la consumación del hecho”.
– ¿QUÉ BUSCA?:
Se busca proteger el bien jurídico de la seguridad individual y es un delito de peligro concreto.
– ¿CUÁLES SON LAS DISTINTAS CATEGORÍAS DE AMENAZAS TIPIFICADAS EN EL CÓDIGO PENAL CHILENO?
Las amenazas se pueden clasificar en sí el hecho con que se está amenazando es o no constitutivo de delito y de ahí encontramos las amenazas condicionales y no condicionales.
– ¿CUÁL ES LA VERDADERA NATURALEZA DE UNA AMENAZA?:
Podríamos decir que una amenaza consiste en amedrentar a una persona con el propósito de que realizar o no una determinada conducta (que será la condición), señalándole que se ejecutará una acción que puede ser delictiva o no en su contra o de algún familiar, de su honor, o de su propiedad.
– ¿CUÁLES SON LOS CRITERIOS PARA QUE UN COMPORTAMIENTO SEA CONSIDERADO COMO AMENAZA SEGÚN LA LEY?:
Para que un comportamiento sea considerado como una amenaza, debe estar dirigido hacia la persona, su honor, propiedad o familiares cercanos. Se refiere a la vida, salud e integridad corporal de la persona. La amenaza debe ser seria, no una simple broma, y creíble para la víctima.
– EJEMPLO:
Si Camila amenaza a Josefa con demandarla por no pagarle algo que le debe, no se considera una amenaza, ya que en este caso Camila estaría ejerciendo un derecho y no perjudicando el bien jurídico protegido por el delito de amenazas.
me denunciaron por amenazas «cuando te vea te voy a pegar » en primer lugar es falso…nunca hubo tal amenaza…de lo cual han pasado 9 meses…y tampoco la denunciante tiene pruebas….que podría pasar en un juicio…???
gracias….
Una extranjero me está amenazando con ir a mi domicilio o trabajo insinuando a las buenas o a la mala , que puedo hacer respecto a eso?
Cuando se ha generado un acto administrativo, por el Estado, ilegal e ilícito, y es usado durante más de 7 años, en oportunidad judicial u órganos del Estado, se puede considerar como amenaza permanente.