Máximo tribunal del país, que tiene la superintendencia directiva, correccional y económica de todos los tribunales de la Nación, exceptuando el Tribunal Constitucional, el Tribunal Calificador de Elecciones y los Tribunales Electorales Regionales.
Es el Tribunal superior jerárquico del Poder Judicial, Ordinario y de derecho, que resuelve en única o segunda instancia los asuntos sometidos a su conocimiento, es de carácter colegiado y está compuesto por 21 ministros que ejercen jurisdicción sobre todo el territorio de la República.
De conformidad con lo dispuesto en artículo 306 del Código Orgánico de Tribunales, que es la ley orgánica constitucional de los tribunales: «La Corte Suprema tendrá el tratamiento de Excelencia y las Cortes de Apelaciones el de Señoría Ilustrísima. Cada uno de los miembros de estos mismos tribunales y los jueces de letras tendrán tratamiento de Señoría».