Fue una declaración de principios realizada por la Asamblea Constituyente Francesa, el 26 de agosto de 1789, que pasó a ser el prefacio a la Constitución de 1791 del mismo país. En ella se definen y reconocen con el carácter de universales, los derechos personales y colectivos de los hombres franceses, entre los cuales encontramos: La libertad, la igualdad ante la ley y en el ejercicio de los derechos, el derecho de propiedad, la presunción de inocencia, el principio de la separación de poderes, entre otros.
La declaración establece los principios de la sociedad que serán la base de la nueva legitimidad, acabando con los principios, las instituciones y las prácticas del Antiguo Régimen: «El principio de toda soberanía reside esencialmente en la nación». La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano considera legítima la revuelta de los diputados en contra de la monarquía absoluta, al declarar como derecho imprescindible del hombre la «resistencia a la opresión».
cabe complementar del pristino de la República, entre otras:
Artículo 31
Los delitos de los mandatarios del pueblo y de sus agentes no deben quedar jamás impunes. Nadie tiene derecho a considerarse más inviolable que el resto de los ciudadanos.
Artículo 35
Cuando el gobierno viola los derechos del pueblo la insurreción es para el pueblo, y para cada porción del pueblo, el más sagrado de sus derechos y el más indispensable de sus deberes.