Es la ley que tiene por objeto promover y defender la libre competencia en los mercados. Los atentados contra la libre competencia en las actividades económicas serán corregidos, prohibidos o reprimidos en la forma y con las sanciones previstas en esta ley.
Para dicho objetivo, se le otorgan facultades a dos instituciones, que son el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia y la Fiscalía Nacional Económica, quienes están llamados a promover y velar por el cumplimiento de esta normativa.
Si bien la Ley es amplia y sanciona a todo aquél que ejecute o celebre, individual o colectivamente, cualquier hecho, acto o contravención que impida, restrinja o entorpezca la libre competencia, o que tienda a producir dichos efectos, enumera una serie de situaciones que cumplen con tales requisitos.
Para la determinación de las multas, se considerarán, entre otras, algunas circunstancias como el beneficio económico obtenido con motivo de la infracción, la gravedad de la conducta, el efecto disuasivo, la calidad de reincidente por haber sido condenado previamente, la capacidad económica del infractor y la colaboración que éste haya prestado.