Se define como la eliminación de una norma. Este acto hace que una determinada norma pierda total efecto y desaparezca del ordenamiento jurídico siendo, en general, reemplaza por una nueva de la misma legitimidad y validez.
Es la jurisprudencia y la doctrina quienes definen este concepto.
La derogación de una norma implica la carencia de vigencia de la norma derogada y su imposibilidad de aplicación a partir de ese momento. No obstante, eso no significa que los casos ocurridos antes de la entrada en vigor de la nueva ley serán juzgados o dirimidos de acuerdo a la nueva ley. Al contrario, estos seguirán siendo juzgados por la normativa que existía cuando se produjeron estos casos.