Es el hecho en que un estado entrega a otro, un individuo para ser juzgado por la comisión de un delito, ya sea para que el estado que lo reciba lo juzgue o haga cumplir la pena.
Se pueden establecer dos tipos de extradiciones:
- Activa: se entiende como tal, a aquella que se solicita contra persona que se encuentra en estado extranjero y se le acusa de un delito cuya pena privativa de libertad es superior a un año. En el caso que el Ministerio Público o un querellante la solicitaren, deben hacerlo ante la Corte de Apelaciones respectiva, para que evalúe la procedencia de la solicitud, así, si estima que existen antecedentes suficientes, extenderá la petición de extradición donde correspondiere.
- Pasiva: ésta procede cuando un país extranjero le solicita a Chile que extradite a una persona que, encontrándose en territorio nacional, sea investigado o juzgado en el país solicitante con una pena que supere el año de presidio. En este caso, el país solicitante lo hace ante el ministerio de relaciones exteriores, quien eleva los antecedentes a la Corte Suprema, para que conozca y se pronuncie sobre la solicitud.