DESCUBRE EL ENIGMA DE LAS HERENCIAS VACANTES EN CHILE
– EN NUESTRO PAÍS:
Cuando una persona fallece, se inicia un proceso de sucesión, que permite la disposición de sus bienes conforme a la voluntad del fallecido (causante) o de acuerdo a las leyes vigentes. Tenemos:
- La sucesión intestada ocurre en situaciones en las que no existe un testamento, y la distribución de los bienes se guía estrictamente por la ley.
- En contraste, la sucesión testada se presenta cuando el fallecido deja un testamento, pero aún así se realiza dentro de los límites legales y respetando las disposiciones correspondientes.
– HERENCIA VACANTE:
El Misterio de las Herencias Vacantes en Chile, ¿Qué Sucede Realmente?:
La herencia vacante es la que corresponde al Fisco de Chile, a falta de todo otro heredero en el quinto orden de conformidad al artículo 995 del Código Civil Chileno.
– HERENCIA SIN HEREDEROS: ¿CÓMO EL FISCO ADQUIERE BIENES TRAS LA MUERTE?:
Es una modalidad de adquisición de bienes por el Fisco, que se concreta en la eventualidad de que no existan herederos tras la muerte de una persona natural (causante), el patrimonio de dicha persona (bienes muebles e inmuebles) pasa al Fisco como último sucesor legal.
– IMPORTANTE:
El trámite permite acceder a una herencia de una persona fallecida sin herederos, a través de denuncias respecto de ciertos bienes o derechos que le corresponden al Fisco. El beneficio consiste en el pago de un galardón que corresponde al 30% del avalúo fiscal de los bienes denunciados.