Es un vínculo de naturaleza jurídica por medio del cual un sujeto pasivo que se conoce con el nombre de “contribuyente”, se obliga dar a un sujeto activo o “Estado” una cantidad determinada de dinero, para que este la administra y distribuya en forma de servicios y prestaciones para todas las persona, en virtud de una ley.
El sujeto activo puede ser el Fisco, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República y Aduanas. De igual forma el sujeto pasivo puede adoptar tres formas: la primera de ellas el contribuyente propiamente tal u original, quien paga el impuesto de forma directa; el contribuyente sustituto o agente retenedor, Quien entera el impuesto en lugar del contribuyente original; por último el contribuyente tercero o tercero responsable, quien por mandato legal es solidariamente responsable con el contribuyente original.
La obligación tributaria tiene por objeto “dar” una suma determinada de dinero y recibir una contraprestación de carácter general. Su causa es la ley en sentido amplio, esto es incluyendo los Decretos Ley y Decretos con Fuerza de Ley. La forma de extinguir este tipo de obligaciones puede ser mediante el pago, la compensación, confusión dación en pago y en general cualquier forma de extinguir las obligaciones civiles.