Aquel medio de prueba aportado por las partes o los funcionarios competentes al proceso, que en su obtención ha vulnerado derechos o garantías constitucionales y aquellas amparadas en instrumentos internacionales ratificados por Chile. Nuestra legislación la conceptualiza como aquella que fue obtenida con inobservancia de las garantías fundamentales y que produce como efecto la ineficacia probatoria así se encuentra consagrada en el artículo 276, inciso 3, de nuestro CPP.
La existencia de la prueba ilícita se establece como un límite a la búsqueda de la verdad dentro del proceso, entendiéndose que la validez de ésta y de la forma en que se obtuvo, puede incidir y condicionar de forma importante la veracidad que puede aportar, pues en los estados democráticos no debería ser indiferente la forma en que se llevan a cabo los procesos judiciales, pues estos se encuentra limitados por los derechos fundamentales de cada individuo.
La Corte Suprema ha señalado que, en Chile, los fundamentos de la exclusión de prueba ilícita son la integridad judicial y la legitimidad del proceso penal, que deben mantenerse incólumes.