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Iván Hunter Ampuero, Ministro del Tercer Tribunal Ambiental: “En el anterior proceso constituyente, no fuimos considerados ni consultados. El diseño que se estableció en el proyecto Nueva Constitución era un tribunal por región, con la eliminación del ministro científico y del carácter especial del tribunal”.

Por María Gracia Ábalos Elizalde, Universidad de Chile

Iván Hunter Ampuero, abogado y Magíster en Derecho de la Universidad Austral de Chile, Doctor en Derecho de la Facultad de Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid de España, docente de diversas universidades a cargo de distintos proyectos de investigación y con numerosos artículos publicados, como así mismo varios libros. Actualmente, Ministro del Tercer Tribunal Ambiental, entrega su visión respecto de variados temas de relevancia en materia medioambiental.

Acerca de la posibilidad de uniformar los criterios en los tres tribunales ambientales, cree que la Tercera Sala ha ido caminando en ese sentido. «Uno muchas veces no está de acuerdo, pero hay un esfuerzo consciente, deliberado, de uniformar la interpretación de las normas que aplican los tribunales ambientales cuando deciden los casos», afirma.

20 de febrero de 2023

Javier Pineda Olcay, asesor durante la Convención, coordinador Movimientos Sociales Constituyentes: «Todas las fuerza políticas y sociales fallamos en el despliegue territorial y eso da cuenta del resultado».

Por Lukas Leyton, Universidad de Chile

Los hechos de octubre del 2019 marcaron irremediablemente un antes y un después en el desarrollo de las dinámicas que estábamos viviendo como país, tanto en el ámbito político como en el social. Este hito significó la manifestación de un serio cuestionamiento a las instituciones partidistas que por décadas dominaron la política nacional, así como a las lógicas y dinámicas a las que estas se aferraban, decantando décadas de críticas en este momento particular. De esta forma, el llamado proceso constituyente al que da lugar el histórico (y también polémico) acuerdo del 15 de noviembre no sólo debió albergar las expectativas de dar lugar a un nuevo texto constitucional, sino que también debió ser el espacio en el que germinaran nuevas voces en el escenario político, voces que, si bien siempre existieron latentes en nuestro país, por primera vez aparecían capaces de disputar el poder a los grandes partidos políticos: Los independientes.

Sin embargo, “independiente” es un concepto excesivamente amplio y que tampoco da cuenta de la verdadera complejidad del enorme tejido de movimientos y organizaciones que se encuentran detrás. Hoy nos enfocaremos en la Coordinadora de Movimientos Sociales, conocidos como Movimientos Sociales Constituyentes (MSC) durante el funcionamiento de la convención, un grupo especialmente distintivo, no sólo por haber logrado agrupar una bancada de 12 convencionales de todo Chile (la mayoría mujeres) sino que por la hazaña de haber conseguido nada menos que la presidencia de la convención a través de María Elisa Quinteros.

Actualmente, el escenario político es bastante diferente al que viera nacer a esta organización. La propuesta de nueva constitución fue rechazada el 4 de septiembre y luego de varios meses, pareciéramos encontrarnos ad portas de un nuevo proceso constituyente, uno cuyo proceso de negociación tampoco ha estado exento de polémica siendo bombardeado por críticas incluso de los sectores que más férreamente defendían una nueva constitución. Hoy entrevistamos a Javier Pineda Olcay, egresado de la facultad de derecho de la Universidad de Chile, asesor durante la Convención y actualmente coordinador metropolitano de la Coordinadora de Movimientos Sociales (espacio que integra a través de la Defensoría popular de las comunidades), quien nos dará su punto de vista no sólo sobre lo que fue la convención constitucional, sino que también sobre este nuevo proceso que busca responder a las demandas por una nueva constitución.

Pineda asegura que «las constituyentes de MSC tenían un nivel de cohesión que incluso era mayor al que tenían los partidos políticos, votaban prácticamente igual, y eso respondía al programa común que defendíamos y al debate colectivo que se daba al interior». Agrega que no están dispuestos a apoyar cualquier resultado sólo por el objetivo de tener una nueva constitución, una que consagre el neoliberalismo, una democracia restringida no es ningún avance.

15 de febrero de 2023

Rocío Lorca, profesora de Derecho Penal en la Universidad de Chile, Magister y Doctora New York University: “No carecemos de herramientas jurídicas para castigar o para resolver conflictos. Mientras no resolvamos los verdaderos factores de la violencia, por mucho que decoremos nuestro sistema jurídico, no va a cambiar nada».

Por Esperanza Mardones, Universidad de Chile

El pasado 19 de diciembre del año 2022 entró en vigencia el artículo 393 bis de nuestro Código Penal o la también conocida “Ley Antonia” la cual tipifica la inducción al suicidio y el suicidio femicida.

Esta norma fue promovida por los padres de Antonia Barra, posterior al suicidio de la joven el año 2019 producto de haber sido víctima de una violación. Esta nueva norma fue creada con la finalidad de proteger los derechos de las víctimas de los delitos sexuales y evitar su revictimización.

La abogada y profesora de derecho penal en la Universidad de Chile, Roció Lorca, nos compartirá sus apreciaciones sobre esta nueva norma, por ejemplo, su opinión al respecto de la imprecisión que se le critica a esta norma, si es que esta logrará o no prevenir este tipo de delitos, y por último, también reflexiona sobre la perspectiva de género en la nueva Convención Constituyente.

La abogada afirma que una de las autocríticas que le haría al movimiento feminista es que han descansado mucho en demandas jurídicas. En su momento, asegura, eran muy importantes, porque el derecho tenía déficits de igualdad explícitas, pero ya superado esos déficits, el esfuerzo tiene que ponerse en la educación, en campañas de prevención que vengan desde el colegio, desde las universidades. «Lo que está faltando es el contexto social de protección, de cuidado, de aseguramiento económico de la mujer, que son los principales factores de la violencia», añade.

11 de febrero de 2023

Consuelo Gil Bessolo, abogada regional del INDH en Arica y Parinacota: “El mayor desafío para los jóvenes defensores de DD.HH. es sostener y mantener la democracia, de forma que no se puede permitir dejar en impunidad las violaciones de derechos humanos”.

Por José Manuel Ochoa Gil, Universidad de Chile

La Ley Nº20.405 creó al Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) constituyéndose como una corporación autónoma de derecho público con el fin de promover y proteger los derechos humanos de todas las personas que habitan en Chile. Es una institución autónoma e independiente respecto de los tres poderes del Estado y se financia con fondos públicos.

Ocupa el rol de la figura del “ombudsman” o “defensor del pueblo” como se le conoce en otros ordenamientos jurídicos. “El INDH nace así como un espacio que mira, reflexiona y revisa la historia de nuestro país con el fin de instalar los derechos humanos en nuestro presente e impulsarlos con fuerza y permanencia hacia el futuro” dice la página web oficial de la entidad.

Los Derechos Humanos son un tema fundamental para las civilizaciones sobrevivientes a la Segunda Guerra Mundial. Se han visto puestos a prueba seriamente desde su declaración en 1945 hasta el día de hoy por los Estados, gobiernos, las sociedades, el mercado, etc, y han sido aplicados a fenómenos humanos como el cambio climático, el control del orden público en manifestaciones políticas, la contaminación, la migración, entre otros. Sobre esto nos comparte su visión y vasta experiencia en Derechos Humanos la abogada regional del Instituto Nacional de Derechos Humanos Consuelo Gil BessoloMagíster en Derecho en la Universidad de Tarapacá, con trayectoria laboral como abogada de la Vicaría de la Solidaridad, 12 años de experiencia en misiones de Naciones Unidas en el Salvador y Guatemala, así mismo fue, entre otros, abogada del Consejo de Defensa del Estado, abogada integrante de la Corte de Apelaciones de Arica y Parinacota y profesora de las Universidades Tarapacá y Arturo Prat.

Gil Bessolo reflexiona: “Las y los defensores de derechos humanos tienen como gran desafío el sostener esta lucha porque efectivamente la legislación nacional y la actuación de los órganos del Estado se adecuen a los tratados internacionales que, a fin de cuentas, son el consenso de la humanidad sobre el bien y el futuro. Si no aprendemos, entendemos y enmendamos respecto de los errores del pasado, estamos muy cerca de volver a repetir los mismos hitos de impunidad de violaciones a los derechos humanos”.

8 de febrero de 2023

Pamela Martínez, abogada y profesora titular de derecho laboral en la Universidad de Chile reflexiona sobre el trabajo humano a través de plataformas digitales: “La certeza jurídica que pretendía entregar la normativa, pienso yo que no la va a dar, y que el problema seguirá siendo judicializado”.

Por Mónica Gidi, Universidad de Chile

El 11 de marzo de 2022 entró en vigor la Ley 21.431 que modifica el Código del Trabajo con el objeto de regular los servicios de trabajadores de plataformas digitales.

Si se hace review, la problemática comenzó a tomar peso durante los últimos dos años, esto debido a que durante la pandemia del covid 19 el servicio tomó un rol protagónico para el abastecimiento de un número considerable de familias.

Con el tiempo la falta de regulación de los trabajadores de plataformas como Rappi, Pedidos Ya, Uber Eats, Cornershop, entre otras, comenzó a ser cada vez más evidente. Se empezó a poner en boga la necesidad imperativa de una regulación completa para esta nueva forma de trabajo. Cosas como seguros médicos, horarios establecidos, salarios, regulación de algoritmos, ocupación de espacios públicos para la prestación de servicios privados, son alguno de los muchos factores que se empezaron a estudiar y que derivaron en esta nueva regulación.

Sobre esta materia, la abogada y profesora titular de la Universidad de Chile, Pamela Martínez, hace un análisis desde distintas aristas sobre el uso de estas plataformas y comparte apreciaciones sobre la nueva regulación y contemplaciones que se tendrán que tener presentes en el nuevo proceso constituyente.

Para Martínez, la nueva ley 21.431 es, en definitiva, un gran avance en el campo del derecho laboral, representa una iniciativa comprometida y moderna sobre las nuevas formas de trabajo, sin embargo, al ser un objeto de estudio tan reciente, la regulación aún tiene elementos que deben ser incorporados o modificados y que, a propósito del nuevo proceso constituyente, deberán ser discutidos si se pretende tener un texto que regule al trabajo en todas sus formas.

6 de febrero de 2023

Carlos Amunátegui Perelló, profesor titular de Derecho UC. El Derecho y la Inteligencia Artificial: “Un abogado con herramientas jurídicas poderosas puede ser más sagaz, más experto y razonable que sin ellas. Es un potenciador de tus habilidades».

Por Fernanda Basualto, Pontificia Universidad Católica de Chile

En el contexto de la Cuarta Revolución Industrial o Industria 4.0, impulsada por el impacto de la tecnología digital y el procesamiento de datos, la inteligencia artificial está emergiendo como una tecnología disruptiva y transversal, con el potencial de transformar la sociedad moderna. En este sentido, el abogado, doctor en Derecho y profesor titular de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Carlos Amunátegui, se refiere a los posibles usos de estas tecnologías en el mundo jurídico y reflexiona sobre el futuro de la profesión del abogado.

Para Amunátegui, si bien la introducción de mecanismos de inteligencia artificial puede traer grandes ventajas, se debe tener una conducta responsable en la creación y empleo de estos por el peligro de utilizar modelos entrenados en datos sesgados.

5 de febrero de 2023

M. de los Ángeles González Coulom, profesora de derecho procesal en U. de Chile: “La primera aclaración es que debemos entender que la perspectiva de género no implica que siempre ganen las mujeres. Lo que hace es igualar la cancha, porque en materia de familia se da muchas veces que las relaciones devienen en asimétricas desde su origen, es decir, de antes de entrar al tribunal de familia”.

Por Constanza Daza Carvallo, Universidad de Chile

La reforma procesal al derecho de familia entra en vigor en 2005 para regular la particularidad de los conflictos entre sujetos procesales que tienen a su vez relaciones de parentesco, que si bien tienen un carácter privado estas presentan un marcado interés público. Bajo nuevos principios que se apartan del proceso civil, tales como oralidad, concentración, desformalización, interés superior del niño, entre otros, se pretendió agilizar los procesos que involucran en muchos casos a niños, niñas, adolescentes y víctimas de violencia intrafamiliar para restituir los derechos vulnerados o interponer medidas de protección.

Con el paso de los años, su aplicación ha suscitado diferentes problemas prácticos, lo que ha llevado a la doctrina ha cuestionar su eficacia actual y pensar en diferentes reformas que permitan llegar a soluciones en vistas a dichos principios, pero también siguiendo opciones metodológicas como la perspectiva de género.

En este espacio trasladaremos el foco de la problemática al momento probatorio dentro del procedimiento de familia, recorriendo las dificultades que se presentan en cada una de sus etapas: conformación de la prueba, valoración de la prueba y estándar probatorio. Se hace necesario así comprender las consecuencias que produce no contar con un estándar probatorio establecido normativamente, y repensar así la necesidad de reformas sobre esta materia desde una perspectiva de género. Para esto reflexionaremos con la profesora de derecho procesal María de los Ángeles González CoulomDoctora en Derecho en Universidad Autónoma de Barcelona, Diplomado en Derechos Humanos y Mujeres: Teoría y Práctica. Diplomado Derecho Público Económico, Magíster en Derecho mención Derecho Público, Universidad de Chile.

González afirma: “La utilización de estereotipos y prejuicios lo que hace es que las decisiones no sean completamente racionales. Entonces subjetiviza la decisión, y en materia de familia esto es importante tenerlo en cuenta porque aquí se da a lugar a muchas ideas estereotipadas de relaciones de familia y de los roles que deben cumplir las distintas partes de la familia”.

20 de enero de 2023

Nicole Sepúlveda, abogada: “A pesar de que es una normativa nueva ha traído beneficios, ya que los deudores se están acercando a cumplir con el pago de sus deudas por el temor a aparecer en este registro”.

Por Benjamín Avaria, Universidad de Desarrollo

El 19 de noviembre entró en vigor la ley 21.389, que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

El Registro de Deudores está compuesto por todos los deudores de alimentos que deben tres cuotas seguidas o cinco discontinuas que fueron informados por los tribunales de familia. Podrán acceder a este registro los deudores y las beneficiarias de los alimentos, a través de su clave única.

Es decir, «el mismo deudor, la persona beneficiaria de la pensión de alimentos o su representante legal y los organismos del Estado. La idea es generar una serie de consecuencias hacia los deudores que se encuentren en este registro”, explica Nicole Sepúlveda, abogada experta en Derecho del Trabajo y fundadora de la consultora psicojurídica “Defiende tus Derechos”, dedicada al Derecho Familiar.

La especialista señala las personas que van a pasar al Registro Nacional de Deudores son aquellas que deben tres cuotas seguidas de los alimentos o cinco discontinuas. Cuando el tribunal de familia se da cuenta de esto emite una resolución. Esta se les notifica a las partes involucradas por medio de una carta a la dirección de contacto que aparezca en el sistema o al domicilio. Desde la recepción, el deudor tendrá tres días para oponerse. Si no se opone o no paga va a pasar directamente a ser deudor de alimentos y a formar parte del registro.

18 de enero de 2023

Sebastián Zárate, profesor de Derecho Constitucional: “El proyecto de ley que modifica el artículo 24 de la ley 18.168 de Telecomunicaciones tiene elementos que pueden atentar contra un principio en materia constitucional que es muy importante, como es el de reserva legal”.

Por  Jorge Limonado, Universidad de los Andes

El 22 de diciembre pasado se ingresó un proyecto de ley que tiene como fin instaurar una modificación al artículo 24 de la ley de telecomunicaciones. Esta acción busca que los servicios de telecomunicaciones se vean sujetos a un plan que los obligue a implementar medidas para proteger a los menores de edad en las distintas plataformas y medios existentes.

El Fiscal del Consejo de Ética de los medios de Comunicación Sebastián Zárate, es tajante a la hora de señalar que no está de acuerdo con el proyecto de ley, tanto desde el punto de vista constitucional, como en temas de fondo. Junto con ello señala que esta norma puede limitar derechos fundamentales, lo que no es coherente con el objetivo de proteger a la infancia. Aun así, recalca que el propósito que persigue es importante y se debe trabajar en ello, utilizando las herramientas disponibles.

Respecto a la necesidad de su implementación, Zárate sostiene que la modificación se “’cuelga’ de aquellas materias que ya están reguladas» además de cuestionar el enfoque de esta, ya que señala que «se toma como un tema tan técnico como la regulación telefónica”, lo que no se condice con el objetivo del proyecto.

18 de enero de 2023

Lautaro Ríos no formaría parte de la Comisión de Expertos “salvo hubiese unanimidad” en la decisión.

Por Santiago Di Giuseppe, U. de los Andes

El abogado y profesor emérito de derecho constitucional en la Universidad de Valparaíso, Lautaro Ríos, ahondó en el proceso constitucional de 2023 tras ser crítico de la carta fundamental presentada el año pasado.

Luego  de que la Comisión de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobara por 11 votos a favor y dos en contra el proyecto de reforma constitucional que permite dar inicio a la elaboración y aprobación de una nueva Constitución, las dudas sobre el futuro de Chile están sobre la mesa. Lautaro Ríos, abogado y profesor de Derecho Constitucional, hizo revisión de algunos de los puntos más relevantes del nuevo proceso y habló con Diario Constitucional sobre su futura participación en este.

Ríos afirma que lo que tiene que hacer la comisión es el mejor proyecto posible de manera de pensar en qué va a pensar la ciudadanía acerca del proyecto que se le está proponiendo, ósea hacerlo lo más perfecto, lo mejor posible para que sea aprobado, pero en todo caso, estar sujeto a revisión me parece una cosa conveniente, porque nunca las cosas por muy buenas que sean resultan perfectas y hay veces que conviene revisarlas.

11 de enero de 2023

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