El colegio falló en su deber de protección y de prevención ante situaciones de consumo de drogas. Incumplió un mandato constitucional y debió acompañar a la adolescente ante el riesgo de disposición de drogas psicoactivas y también debió garantizar su permanencia en el sistema educativo.
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En la sentencia impugnada no se aprecian los razonamientos de hecho ni de derecho, que llevaron a la magistratura a confirmar la condena contra el Fisco, con declaración que redujo de 100 a 30 millones de pesos el monto indemnizatorio a título de daño moral.
Con esta nueva ley, una buena cantidad de trabajadores serán beneficiados con la reducción de la jornada laboral, pero aún existen dudas sobre la medida, como qué pasará con los trabajadores a honorarios, a quienes no se les reduce el horario de trabajo, entre otros.
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Los agentes registraron un cubículo cerrado contiguo a la palanca de cambios, encontrando una pistola de fogueo adaptada para el disparo, sin embargo, tal diligencia no fue respaldada por ningún indicio, por lo tanto, la prueba incriminatoria fue obtenida de forma ilegal y el juicio es nulo.
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La magistratura estimó que el recurrido posee acciones legales para perseguir el cobro de la deuda por servicios básicos de suministro agua, por ende, los cortes de agua son actos de autotutela que vulneran el derecho a la vida de los afectados, al ser el líquido un elemento vital para la vida y la higiene de las personas.
Los sujetos vigilaban a las víctimas mientras hacían el retiro en la sucursal de su banco, para luego abordarlas e intimidarlas con armas blancas, golpearlas en distintas partes de su cuerpo y amenazarlas, logrando así apropiarse de su billetera.
El actor pretendía desalojar a la demandada de un inmueble de su propiedad, alegando que la ocupación de aquella era ignorada o meramente tolerada, en circunstancias que la demandada tuvo una relación de convivencia previa con el actor, de la cual nacieron tres hijos en común, por lo tanto, la acción de precario es improcedente.
La magistratura estimó además, que el hedor a cannabis es un antecedente objetivo que puede ser probado en juicio, según los medios de prueba establecidos en el artículo 295 del Código Procesal Penal, por lo que no constituyen una mera apreciación subjetiva de los aprehensores como alegó el imputado.
El municipio debe afrontar junto a la empresa contratista el pago de $10.496.869.-, decretados en favor de un carpintero que demandó por despido indirecto y nulo, debido a los incumplimientos laborales y previsionales de la empresa a la que la Municipalidad encargó la mantención del Liceo Carmela Carvajal de Pratt. La magistratura puntualizó que el ente consistorial es responsable por dichos incumplimientos, al ser el dueño de la obra.