Se justifica una legítima defensa de la sociedad, contra los que atentan contra el derecho a la vida de los agentes del Estado que se encuentran cumpliendo funciones de seguridad y orden públicos, ya que la pena de muerte es una forma de legítima defensa que la víctima no pudo ejercer.
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Hace años que se debió haberse presentado. Más vale tarde que nunca. Sólo espero que los Congresales la aprueben. Debiera ampliarse para el Presidente en ejercicio y ex Presidentes de la República, Ministros de Estado y Magistrados en ejercicio y también para funcionarios de Gendarmería, en el ejercicio de sus funciones.