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Universidad de Chile no puede condicionar la entrega de título a alumna que tiene una deuda por el arancel de su carrera.

2 de junio de 2024

El máximo Tribunal sostuvo que el derecho a la educación comprende la entrega del título universitario, sin que sea óbice invocar como impedimento la deuda de estudios de la recurrente, pues la casa de estudios puede cobrar la deuda mediante las acciones que le otorga la ley.

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